renovar demanda de empleo





Subsidio extraordinario por desempleo SED



subsidio extraordinario por desempleo


El Gobierno ha aprobado un nuevo subsidio extraordinario por desempleo (SED) de 431 euros al mes durante seis meses, dirigido a los desempleados de larga duración.
Esta ayuda sustituye a los antiguos planes PREPARA y PAE, y se mantendrá hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%, según datos de la EPA.



¿Que es el subsidio extraordinario por desempleo SED?


El Gobierno ha aprobado un nuevo subsidio extraordinario por desempleo de 431 euros al mes, que podrá ser recibido durante un máximo de seis meses sin posibilidad de prórroga. Este subsidio reemplaza a las antiguas ayudas como el PAE y el Plan Prepara.



Requisitos para la solicitar el subsidio extraordinario por desempleo SED


Según el SEPE, se pueden solicitar el subsidio SED si has agotado algún tipo de subsidio por desempleo después del 5 de julio de 2018, o si estabas inscrito como demandante de empleo el 1 de mayo de 2018 y has agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
También puedes solicitarlo si has recibido alguna de las ayudas económicas extraordinarias, como RAI, PRODI o PREPARA. Si has estado registrado como demandante de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la solicitud, también puedes optar a este subsidio. Sin embargo, si has interrumpido la inscripción para trabajar por cuenta propia durante menos de 90 días, se entenderá como finalizado el período de inscripción.



¿Quién no puede acceder al subsidio extraordinario por desempleo SED?





Para acceder a esta ayuda, no podrán solicitarla aquellos que hayan agotado el subsidio para mayores de 55 años al alcanzar la edad de jubilación, ni aquellos que hayan agotado la Renta Agraria o que estén inscritos en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social. Además, aquellos que hayan agotado prestaciones como la Renta Activa de Inserción (RAI) o los programas de inserción PRODI o PREPARA tampoco serán elegibles.



¿Que documentación es necesaria para solicitar el subsidio extraordinario por desempleo SED?


Para poder solicitar esta ayuda económica del SEPE, es necesario presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos. La lista de documentos requeridos incluye: Modelo oficial de solicitud, documento de identidad y el de los hijos a cargo, documento bancario con el número de cuenta, libro de familia o documento equivalente para familias extranjeras, certificado de discapacidad en caso de hijos con discapacidad y, en algunos casos, justificante de rentas. Puedes descargar el modelo de solicitud en el enlace proporcionado.



¿Cuánto se cobrar con el subsidio extraordinario por desempleo SED?


La cuantía a percibir son de 431 Euros al mes o lo que lo mismo el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en cada momento.



¿Cuáles son los plazos para solicitar el subsidio extraordinario por desempleo SED?


En función de los requisitos, existen varias formas de acceder a este subsidio. A continuación, detallamos los plazos que debemos tener en cuenta para solicitarlo:

1. Si hemos agotado el subsidio por desempleo a partir del 5 de julio: El plazo para solicitarlo es de 15 días desde que se cumple el mes de espera desde que se agotó el subsidio anterior. Si el subsidio se agotó entre el 1 de marzo de 2018 y el 5 de julio de 2018, el plazo se amplía a dos meses.
2. Si somos parados de larga duración que han agotado previamente una prestación, subsidio o ayuda extraordinaria (como el Plan Prepara, la RAI o el Prodi): No hay un plazo máximo para la solicitud, siempre que declaremos correctamente que se han agotado las anteriores ayudas prestadas.

Para más información sobre esta ayuda puedes consultar la web oficial del SEPE:
http://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/subsidio-extraordinario-desempleo